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Coyote Verde, Opinión

Un año tarde, por fin publica SEMARNAT el Programa Sectorial de Medio Ambiente

Jonathan Fletes

9/Julio/2020

Un año tarde, es publicado el Programa Sectorial de Medio Ambiente en el Diario Oficial de la Federación.

Ya ven que el pasado martes 07 de julio celebraba con ustedes el día trascendental en la historia del desarrollo sostenible. Bueno, pues déjenme decirles que no fueron los únicos dos acontecimientos importantes en materia ambiental que ocurrieron ese día, sino que, también, en México, se publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Programa Sectorial de Medio Ambiente (PROMARNAT). Sigan leyendo para saber de qué va esto, porque está muy interesante…


En México, la Ley de Planeación es el instrumento legal de planeación democrática y desarrollo a nivel nacional, que tiene como propósito: “establecer las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauzar, en función de ésta, las actividades de la administración Pública Federal” (Art. 1o).

En su Artículo 5o, esta Ley establece que el Ejecutivo Federal (es decir, el presidente de la República), elaborará un Plan Nacional de Desarrollo (PND) y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación. En conformidad con el Artículo 21, deberá enviarlo a la Cámara de Diputados, a más tardar, el último día hábil de febrero del año siguiente a su toma de posesión; en este caso, el 28 de febrero del 2019. La Cámara, a su vez, contará con un plazo máximo de dos meses para aprobarlo. El Plan se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en un plazo no mayor a veinte días naturales, a partir de la fecha de su aprobación por el Congreso (Art. 21).

El Plan Nacional de Desarrollo precisará los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país; contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica, social, ambiental y cultural, y regirá el contenido de los programas que se generen en el sistema nacional de planeación democrática.

En el PND, se indicará, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes, la creación de cuatro distintos tipos de programas, en congruencia con el mismo: programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales. En lo particular, los programas sectoriales especifican los objetivos, prioridades y políticas que regirán el desempeño de las actividades del sector administrativo de que se trate (Art. 23).

En el caso particular que nos atañe, el Programa Sectorial de Medio Ambiente (PROMARNAT) contiene los objetivos, estrategias y acciones puntuales que habrán de orientar los esfuerzos de la SEMARNAT y sus organismos sectorizados, como la CONABIO, la PROFEPA, la CONAGUA, el INECC, etc. durante el periodo de la administración en cargo.

El Artículo 30 de la Ley de Planeación establece que “… los programas sectoriales (…) que determine el Ejecutivo Federal deberán publicarse dentro de los seis meses posteriores a la publicación del Plan” (Cámara de Diputados, 2018, p. 11). Esto quiere decir que, como el PND 2019-2024 se publicó en el DOF el día 12 de julio de 2019, el PROMARNAT debió publicarse el 13 de enero de 2020. Sin embargo, no fue sino hasta el pasado martes 07 de julio del año en curso que se publicó, en el DOF, el PROMARNAT. Ello implicaba que los objetivos, los indicadores y agendas estaban en el aire, y que las Secretarías de Estado no contaban con un panorama claro del camino a seguir, pues no había programas que concretaran el trazo de metas y estrategias para lograr los objetivos generales del Plan Nacional.

Sin duda, la omisión del Estado de derecho desató un gran revuelo entre la oposición, la prensa y la comunidad científica, y más aun porque ni siquiera se expidió un comunicado oficial en el que la administración explicara este incumplimiento de la ley. El 30 de enero del presente, el Pleno de la Comisión Permanente hizo un llamado al Ejecutivo Federal a publicar los programas derivados del PND. Incluso, se propuso que la Secretaría de la Función Pública condujera una investigación sobre la anomalía. Y cabe destacar también que el Sen. Juan Carlos Romero Hicks, del Partido Acción Nacional (PAN), ya había votado en contra del “panfleto propagandístico”, durante la discusión del PND 2019-2024 en la Cámara de Diputados, en junio del año pasado, por tratarse de un documento que incumplía con las normas y la metodología de planeación (Sánchez-Cano, 2020).

Ciertamente, este no es un suceso que se celebra (o bueno, quizás sólo los entusiastas de la administración pública en materia ambiental como yo), sino que la reacción que genera es más bien del tipo: “Ya era hora”. Ya veremos el rigor y la calidad en el planteamiento de metas, objetivos, indicadores de seguimiento, y el grado de apego a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, por supuesto.

Así que no dejen de seguir esta sección para enterarse de las últimas novedades ambientales, puestas en contexto. Déjanos tus comentarios, críticas u opiniones en nuestras redes sociales. ¿qué tienes que decir tú sobre la demora en la publicación del PROMARNAT y qué efectos crees que esto haya tenido?

¡Afectuoso saludo a toda nuestra comunidad lectora!

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