
Conferencia de Prensa en Palacio Nacional para explicar la iniciática a la Ley de Seguridad Naciona
Nacional
No Inmunidad: Reforma a Ley de Seguridad Nacional
Estefani Tamara Salvador
9/Diciembre/2020
AMLO, con una reforma más en su sexenio, pretende quitar la inmunidad y privilegios a los agentes extranjeros.
El derecho internacional ha sido una puerta para la creación de la globalización y la cooperación entre países. La actuación de agencias extranjeras dentro del territorio mexicano está permitida por el marco de los convenios bilaterales en materia de cooperación internacional suscritos por el Estado Mexicano. Actualmente, en el orden jurídico nacional, dicha actuación se encuentra regulada en el acuerdo de las secretarías de Gobernación, de Relaciones Exteriores y de la Procuraduría General de la República. En dicho acuerdo, se establecen las normas que regulan la estancia temporal de los agentes representantes de entidades de gobiernos extranjeros que, en su país, tienen a su cargo funciones de policía, de inspección o vigilancia de la aplicación de leyes y reglamentos, así como técnicos especializados.
Tras el arresto realizado por la DEA al General Salvador Cienfuegos en Estados Unidos por tráfico de drogas y lavado de dinero, Andrés Manuel López Obrador mencionó que, con respecto al acuerdo de 1992, se le debió notificar inmediatamente a México sobre la investigación militar. A raíz de dicho acontecimiento, sobre la actuación por la agencia estadunidense con el Estado Mexicano, es que el día 3 de diciembre, el presidente de la República mandó la iniciativa al Congreso de la Unión sobre el "Decreto por el que se adicionan diversidad disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional " Toda vez que la República Mexicana no cuenta en un marco legal que regule el tipo de cooperación de las agencias de inteligencia y seguridad extranjeras que operan en México.
Lo que propone la iniciativa
Después de ser publicada esta iniciativa, el día de ayer el Poder Ejecutivo junto con el representante de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) explicaron los puntos importantes por lo que es necesario este cambio legislativo. En primer lugar, lo que se pide es que se establezca la definición de lo que es un agente extranjero en la ley, diciendo que se trata de personas funcionarias del exterior asignada por su país natal en el cual ejercen funciones policiales, de inspección o supervisión de leyes tal y como lo dicen los convenios internacionales. En segundo lugar, se busca obligar a que los agentes extranjeros informen a las autoridades mexicanas el nombre de las corporaciones a las que pertenecen en país de origen y el trabajado que ejercen.
Con relación a las actuaciones de los agentes se pretenden que se limiten única y exclusivamente al desarrollo de sus actividades que se les asignó, así como no ejecutar las acciones que correspondan a los mexicanos. De igual manera, los agentes extranjeros podrán tener autorización para entrar temporalmente en México para el intercambio de información. También se estipula que los servidores públicos deberán entregar un informe en los tres días posteriores a alguna reunión o intercambio de información.
Otra de las propuestas de esta reforma es que los agentes no tengan ninguna inmunidad en caso de verse involucrados en la comisión de delitos o infracciones en dicho país. Además de que se propone la creación de un Grupo de Alto Nivel de Seguridad, como órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional y un Grupo de Coordinación Cooperativa, encargado de coordinar y supervisar la ejecución de convenios.
Dichas propuestas por el Poder Ejecutivo en la iniciativa se basaron en tres elementos principalmente los cuales fueron:
1 - Limitaciones de los agentes extranjeros: México pretende limitar las actuaciones de dichos agentes únicamente para desempeñar las labores asignadas en el territorio mexicano por su país natal y no otras, simplemente para una cooperación internacional. Así como, eliminar el privilegio de la inmunidad cuando se comete un hecho ilícito hacia estos agentes extranjeros.
2 - Ordenamiento: El Estado Mexicano no cuenta con un ordenamiento interno al cual los servidores publicado ya sean federales, estatales o locales estén sujetos con respecto a la actuación hacia los agentes extranjeros. Lo que daba lugar a realizar convenios que no respetan la soberanía mexicana. Por tal motivo “No puede haber convenios de estados o municipios que no sean de conocimiento del gobierno de la República”, afirmó Ebrard.
3 - Principio de reciprocidad: Este principio se refiere a que cuando un país le brinda ciertos privilegios a un agente diplomático, se espera que esos mismos privilegios sean recíprocos cuando un agente mexicano vaya a dicho país. En ese sentido México argumenta que en dicha reforma no se hay nada distinto a lo que se le pide a un agente extranjero mexicano cuando va a otro territorio porque: “Lo que se le exige a México es lo que México exige”.
Al respecto, el secretario de Relaciones Exteriores (SRE), Marcelo Ebrard, comentó en la conferencia de prensa en el Palacio Nacional, que esta reforma no está dirigida a ningún país ni agencia en específico como la DEA o FBI de Estados Unidos, tras las especulaciones que se suscitaron con el arresto del General, sino que aplicaría para todos los agentes extranjeros que trabajan en México de cualquier país del mundo. Porque tal y como dijo Ebrard: “Tiene mucho que ver con el orden interno, que es cómo deben conducirse funcionarios respecto a agentes extranjeros acreditados en México, no es opcional, está establecido en la Constitución y el límite es el respeto a la soberanía. No está en torno a una agencia o un país sino a todas las representaciones”.