top of page

Imagen de elviejotopo.com

Coyote Nacional

Aspectos importantes de la Miscelánea Fiscal 2022

Gisela Ramírez

21 de Octubre de 2021

Esta semana se ha estado debatiendo en el Congreso la Miscelánea Fiscal para el 2022; entre los aspectos a resaltar de esta propuesta se incluye la obligación de que los mayores de 18 años se registren ante el Servicio de Administración Tributaria como parte de sus obligaciones fiscales.

Cuando se menciona a la Miscelánea Fiscal, se hace referencia a una serie de disposiciones propuestas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del órgano fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que marcan la pauta de acción para los contribuyentes y establece sus obligaciones fiscales. La característica de la Miscelánea es que no contiene cambios en las tasas de impuestos o integra nuevos gravámenes al sistema tributario -como lo haría una reforma fiscal-, solamente plantea cambios en cuanto a los mecanismos a través los cuales los contribuyentes dan cumplimiento a sus obligaciones fiscales.

La Miscelánea para el 2022 está integrada, entre otras cosas, por una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley del ISR, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN); así como también una iniciativa de decreto con el que se busca reformar el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Derechos en aras de que el SAT tenga más herramientas para fiscalizar y sancionar a quienes incumplan con sus obligaciones fiscales.


Imagen de: contrapesociudadano.com


El cambio que probablemente causó más revuelo a la sociedad en cuanto se dio a conocer la Miscelánea para el 2022 es la creación del Régimen Simplificado de Confianza; cuya finalidad es simplificar el pago de las obligaciones fiscales de los contribuyentes pertenecientes a pequeñas y medianas empresas puedan cumplir con facilidades administrativas y tasas significativamente más bajas de ISR (entre un 1% y un 2.5%). Asimismo, con la incorporación de esta figura se busca sustituir al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), principalmente porque se trata de una actualización que según Hacienda, busca traer más benéficos a los contribuyentes que formen parte de este nuevo régimen.

Entre las ventajas que Hacienda destacó sobre este régimen se encuentran las tasas mínimas que se irán aplicando de manera escalonada según los ingresos del contribuyente: “pudiendo ser incluso del 1% cuando los ingresos anuales no son mayores de 300,000 pesos, aplicando una tasa de máxima de 2.5% para quienes obtengan ingresos de 2.5 y hasta 3.5 millones de pesos”. De igual manera, se señaló que las facturas de los contribuyentes sean elegibles a participar en los sorteos del SAT y en los remates de fisco; en adición a que no tendrán que presentar declaraciones informativas, sino, que podrán optar por una sola declaración anual o en su defecto, declaraciones mensuales con el ajuste anual correspondiente.

Un aspecto a destacar de este nuevo Régimen Simplificado de Confianza es la obligación generada a todas las personas de 18 años (y mayores) de registrarse ante el SAT tramitando su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), independientemente de si son estudiantes, no tienen un empleo o no cuenten con ingresos fijos. De acuerdo con Raquel Buenrostro, la jefa del SAT, los jóvenes de 18 en adelante que no generen ingresos, no estarán obligados ni a pagar impuestos, ni a presentar una declaración fiscal mientras que no sean contratados formalmente. Asimismo, los mayores de 18 años con un empleo temporal entrarán de manera automática al Régimen Simplificado y el SAT será el responsable de realizar la declaración fiscal de estos jóvenes, cobrando el 1% de sus ingresos.

Imagen de: institutoeeca.com.mx


Para entender las bondades del nuevo Régimen de Confianza, es pertinente compararlo con el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para puntualizar las diferencias entre ambos. El RIF sirve para personas físicas con actividad empresarial con ingresos anuales hasta por dos millones de pesos (mdp) -la cual aumenta hasta 3.5 mdp para personas físicas y hasta 35 mdp para personas morales en el Régimen de Confianza según lo presentado en la Miscelánea Fiscal para el 2022-.

Si bien, bajo la modalidad del RIF no se paga el Impuesto Sobre la Renta en el primer año y a partir del segundo se hace una reducción según el año de tributación; aun con estas reducciones, las tasas de ISR llegaban a fluctuar entre el 1.9% y el 35% en el primer año; llegaban a ascender hasta 20% en el tercer año y con el paso del tiempo continuaban subiendo creando una tributación que repercutió de manera negativa en el contribuyente, por lo que este optaba por abandonar este régimen y mantenerse sin pagar contribuciones.

Una de las diferencias más importantes entre ambos regímenes es que las personas inscritas al Régimen de Confianza no podrán realizar deducciones de impuestos como consecuencia de las tasas tan bajas que este régimen impone; mientras que con el RIF las personas físicas tenían la posibilidad de deducir gastos personales como gastos médicos, colegiaturas o gastos funerarios.

Con el Régimen de Confianza se diseñó pensando en ampliar la base de contribuyentes en el país; esta estrategia se busca consolidar bajo la ideología de: reducir las tarifas de contribuciones para que aumente el número de contribuyentes activos y de esta manera, se pueda recaudar más dinero afectando de la menor manera posible a la población. Si bien, parece una estrategia sencilla, según dictámenes proporcionados por el SAT, debido a las cuotas tan altas en impuestos bajo el actual régimen fiscal, solamente hay 1.88 millones de RIF registrados ante la autoridad.

La resolución donde se incluye esta Miscelánea Fiscal para el 2022 se avaló el día 18 del presente mes con 260 votos a favor, 218 en contra y 350 reservas que fueron discutidas el martes 19. Por lo tanto, se puede decir que este dictamen ha sido aprobado de manera general y tendrá que pasar a la discusión y aprobación del Pleno en cuanto a los aspectos particulares. Es importante destacar que se prevé que esta Miscelánea entre en vigor a partir de enero 2022 con el nuevo ejercicio fiscal.

bottom of page